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Son pasajeros en tránsito directo todas aquellas personas que ingresen al territorio nacional por vía aérea con el fin de seguir viaje a otro país dentro del término de nueve (9) horas.
Pasadas estas 9 horas, todo pasajero deberá pagar la tasa de servicio al pasajero. Las 9 horas se cuentan a partir del momento en que la aeronave que transporta al pasajero aterriza en el Aeropuerto Internacional de Tocumen. |