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6-9-2010 10:25:37 GMT-5
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Pasajeros de Llegada � Aduana

La Dirección General de Aduanas del Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá exige completar un formulario (uno por familia) que consiste en la Declaración Jurada del Viajero.

En este formulario usted deberá declarar:

Si trae o no frutas, carnes, comida o animales vivos.

Si trae o no bienes que declarar (que no sean efectos personales)

Si trae o no dinero en efectivo o documentos negociables por más de $10,000.00. Si la respuesta es afirmativa, deberá especificar la procedencia del dinero, el tipo de moneda o instrumentos monetarios que utilice y su valor en Balboas o Dólares.

Todo viajero puede introducir libre de impuestos mercancías para su uso o el de su familia por un valor aduanero que no exceda los $2,000.00, en caso que exceda esta suma, deberá pagar los impuestos.

El ingreso del dinero está permitido en cualquier cantidad. La obligación de declarar las cantidades que en total exceden de $10,000.00 o su equivalente en otras monedas (incluyendo: cheques viajeros, bonos u otros documentos), es sólo para control y debe realizar la declaración aunque previamente haya depositado en el banco del aeropuerto.